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9 octubre, 2024
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ESTABLECE EL IEM REGLAS PARA ELECCIONES CONSECUTIVAS EN AYUNTAMIENTOS Y DIPUTACIONES

Las Candidatas o Candidatos que deseen ejercer dicho derecho no podrán hacer proselitismo en horario laboral.

Morelia, Michoacán, febrero de 2021. Para garantizar el principio de equidad entre Candidaturas en la presente contienda electoral el Consejo General del Instituto Electoral de Michoacán (IEM) aprobó por unanimidad el Proyecto de Acuerdo por el que se aprueban los Lineamientos para el Ejercicio de la Elección Consecutiva en el Proceso Electoral Ordinario Local 2020-2021 y, en su caso, las Elecciones Extraordinarias que se deriven.

En dichos lineamientos se establece que quienes decidan ejercer el derecho a ser reelegidos en sus mismos cargos no estarán obligados a renunciar a los mismos, por lo cual, quienes decidan permanecer en su función no podrán dejar de acudir a las sesiones o reuniones, no deberán descuidar las labores propias de su encomienda, únicamente podrán hacer acciones proselitistas en horario no laboral y deberán cumplir con las obligaciones inherentes a su cargo.

En el mismo contexto, no podrán utilizar recursos públicos, ya sean humanos, materiales o económicos que les correspondan para el ejercicio de su encargo con fines electorales y quedará prohibido que las casas de gestión y enlace se adecuen o se utilicen para actividades de propaganda.

Las Candidatas y/o Candidatos que decidan ir en elección consecutiva deberán hacerlo por el mismo partido o por cualquiera de los partidos integrantes de la coalición y/o candidatura común que hubieren postulado a la o el ciudadano, en la elección ordinaria, o en caso de postularse por otra institución política, tendrán que haber renunciado al partido o partidos que lo postularon o perdido su militancia antes de la mitad de su mandato, lo que deberán acreditar con la documentación correspondiente.

En el caso de los partidos políticos de reciente creación podrán postular candidaturas para elección consecutiva, siempre que la candidata y/o candidato a postular hubiese renunciado o perdido su militancia antes de la mitad de su mandato, o bien, se trate de candidatos/as que provengan de partidos políticos que hubiesen perdido el registro.

Para las Candidaturas Independientes que busquen reelección no les serán exigidas las firmas para cumplir con la etapa de Respaldo Ciudadano. En el caso de que un nuevo integrante quisiera formar parte de la planilla que busca la elección consecutiva, se sujetará a lo establecido en el Reglamento de Candidaturas Independientes.

En lo concerniente a Diputaciones, las y los candidatos que hayan sido elegidos por representación proporcional podrán acceder a la reelección mediante el principio de mayoría relativa, y viceversa; si accedió al cargo por mayoría relativa lo podrá hacer en el presente proceso electoral por el principio de representación proporcional, y podrán ir en elección consecutiva hasta en un máximo de 3 ocasiones.

Dichos lineamientos fueron aprobados por unanimidad por el Consejero Presidente Ignacio Hurtado Gómez, las consejeras Araceli Gutiérrez Cortés, Viridiana Villaseñor Aguirre, Carol Berenice Arellano Rangel y Marlene Arisbe Mendoza Díaz de León, así como los consejeros Luis Ignacio Peña Godínez y Juan Adolfo Montiel Hernández, con lo cual el IEM busca una “cancha pareja” en el proceso democrático para elegir los diferentes cargos de elección popular de Diputaciones y Ayuntamiento el próximo 6 de junio.

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