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1 mayo, 2024
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YOLANDA CAMACHO IMPULSA A MUJERES A IDENTIFICAR LA VPG Y CÓMO HACER RESPETAR SUS DERECHOS.

Morelia Michoacán, 09 de marzo del 2023.- Yolanda Camacho Ochoa, Magistrada Presidenta Suplente del Tribunal Electoral del Estado de Michoacán manifestó su compromiso de defender a las mujeres, para que incremente su acceso a los espacios públicos y a su vez se conviertan en impulsoras del empoderamiento de más mujeres.

La Magistrada Camacho Ochoa durante la conferencia “La Violencia contra las mujeres en el ejercicio de cargos públicos” invitada por el Presidente del Partido Verde Ecologista de México, Ernesto Núñez Aguilar conminó a las mujeres militantes y simpatizantes de ese instituto político y a todas las mujeres a reconocer las acciones que pueden representar Violencia Política de Género y como lograr el ejercicio pleno de sus derechos.

Recordó la definición de VPG “La violencia política contra las mujeres en razón de género es toda acción u omisión, incluida la tolerancia, basada en elementos de género y ejercida dentro de la esfera pública o privada, que tenga por objeto o resultado limitar, anular o menoscabar el ejercicio efectivo de los derechos políticos y electorales de una o varias mujeres, el acceso al pleno ejercicio de las atribuciones inherentes a su cargo, labor o actividad, el libre desarrollo de la función pública, la toma de decisiones, la libertad de organización, así como el acceso y ejercicio a las prerrogativas, tratándose de precandidaturas, candidaturas, funciones o cargos públicos del mismo tipo”.

Yolanda Camacho durante la conmemoración del Día Internacional de la Mujer explicó que para  considerar una acción VPG debe existir una clara manifestación de violencia y discriminación por el hecho de ser mujer, evidencias la situación  de desigualdad y la razón de poder que existe entre hombres y mujeres.

La Magistrada detalló  conductas que representan focos rojos que revelan presencia de VPG como: Imponer actividades distintas a las atribuciones inherentes al cargo o función, restringir  o limitar injustificadamente las acciones y sus actividades; difundir cualquier tipo de información y /o material con la finalidad de coartar o impedir el ejercicio de los derechos político electorales, y pedir o restringir su incorporación toma de protesta o acceso al cargo y dañar en cualquier forma el desarrollo de la campaña electoral.

Restringir el derecho al voto libre de las mujeres, obstaculizar sus derechos de asociación y afiliación de todo tipo de políticas y civiles, amenazar o intimidar a una o varias mujeres o a sus familias para incidir en su renuncia y obligar a una mujer  a hacer acciones contrarias a la Ley.

Detalló que las denuncias por las situaciones descritas se presentan en la oficialía de partes del Instituto Electoral de Michoacán (IEM), y durante un proceso electoral se presenta la queja ante los órganos desconcentrados estatales y municipales.

Durante la Conmemoración del 8 de marzo organizada por el PVEM,  participaron también Barbara Ramírez Pedraza, Subsecretaria de Fomento y Desarrollo Integral de las Mujeres, en SEIMUJER;  Araceli Gutiérrez Cortes, Consejera  del Instituto Electoral en el Estado y Eva Villanueva, Presidenta del Municipio de Tocumbo.

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