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2 mayo, 2024
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MÁS SANCIONES PARA GOLPEADORES DE MUJERES

Por Aquileo Valdovinos

El Pleno de la LXXIV Legislatura aprobó reformas al Código Penal, con la intención de precisar y hacer aplicables las sanciones por delitos de violencia contra las mujeres.

El dictamen presentado por los diputados integrantes de la Comisión de Justicia, en relación a la iniciativa presentada por el diputado Baltazar Gaona, destaca la necesidad de elevar, de 40 a 50 años, la pena máxima en las condenas privativas de libertad, impuestas a delitos graves.

Lo anterior, atendiendo a que el artículo 120 del Código Penal, establece la pena de privación de la libertad hasta por cincuenta años, a quien cometa el delito de feminicidio.

Sin embargo, actualmente el artículo 31 del Código Penal, establece que la sanción por delitos graves no será menor de seis meses, ni mayor de cuarenta años, por lo que resulta necesario, ajustar y precisar la sanción que establece dicho ordenamiento.

Asimismo, el Pleno aprobó el dictamen presentado por las comisiones unidas de Justicia y Gobernación, por el que se reforman diversos ordenamientos en relación a la nomenclatura correspondiente a la Fiscalía General del Estado.

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